Indemnización por accidente de tránsito en Colombia: todo lo que necesitas saber sobre el SOAT y otros seguros

Indemnización por accidente de tránsito en Colombia: todo lo que necesitas saber sobre el SOAT y otros seguros

En Colombia, cualquier persona que sufra un accidente de tránsito tiene derecho a ser indemnizada, incluso si no es el conductor responsable. La ley protege a las víctimas mediante un sistema obligatorio de aseguramiento, encabezado por el SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), y complementado por las pólizas de responsabilidad civil de los vehículos involucrados.

Este artículo explica qué puedes reclamar, qué cubre el SOAT, cómo calcular los perjuicios y cómo actuar frente a las aseguradoras cuando hay negativa, dilación o subvaloración del pago.

¿Qué es el SOAT?

El SOAT es un seguro obligatorio exigido por la ley colombiana a todos los vehículos automotores. Su función es garantizar una atención inmediata a las víctimas de accidentes de tránsito, sin importar quién tuvo la culpa. Cubre tanto a ocupantes como a peatones.

El SOAT no requiere demanda judicial. Basta con acreditar el accidente para activar la cobertura.

¿Qué cubre el SOAT?

Según la normativa vigente (Resolución 11874 de 2021 del Ministerio de Salud), el SOAT cubre:

  • Gastos médicos (urgencias, cirugías, rehabilitación): hasta 800 SMMLV

  • Incapacidad permanente: hasta 180 SMMLV

  • Indemnización por muerte: 750 SMMLV + 10 SMMLV por gastos funerarios

  • Gastos de transporte y movilización: según tarifa

Todos los valores están expresados en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV), y deben ser ajustados anualmente.

¿Quién tiene derecho a la indemnización?

Tienen derecho las siguientes personas:

  • Víctimas directas del accidente (conductores, pasajeros o peatones)

  • Herederos o beneficiarios legales en caso de muerte

  • Terceros que hayan incurrido en gastos asociados a la atención o se vean patrimonialmente afectados

Importante: Si el responsable no tenía SOAT, la víctima puede reclamar al FONSAT.

¿Qué pasa si el SOAT no es suficiente?

Cuando los daños superan los topes del SOAT, la víctima puede:

  • Reclamar a la póliza de responsabilidad civil del vehículo causante

  • Demandar por responsabilidad civil extracontractual

  • Reclamar directamente al conductor o propietario del vehículo

Estas vías permiten reclamar perjuicios adicionales como lucro cesante, daño moral, daño fisiológico y daño a la vida de relación.

¿Qué se puede reclamar más allá del SOAT?

El sistema indemnizatorio completo incluye:

  • Daño emergente: gastos no cubiertos por el SOAT (copagos, tratamientos continuos, medicamentos, transportes, etc.)

  • Lucro cesante: ingresos que la víctima deja de percibir por su incapacidad temporal o permanente

  • Daño moral: sufrimiento psíquico o emocional causado por el accidente o sus secuelas

  • Indemnización por muerte: a favor de los familiares, incluyendo perjuicios materiales y morales

¿Cómo se calcula la indemnización?

El cálculo depende del tipo de perjuicio y de la normatividad aplicable:

  • Para lucro cesante: se toma el ingreso promedio y se calcula el tiempo de afectación

  • Para daño fisiológico: se requiere dictamen médico especializado

  • Para perjuicio moral: se estima con base en criterios jurisprudenciales (puntos de indemnización, parentesco, gravedad del hecho)

Existen tablas orientadoras elaboradas por la jurisprudencia y por el Consejo de Estado, pero no son vinculantes.

¿Qué documentos se necesitan para reclamar?

El proceso puede iniciarse con:

  • Copia del dictamen médico y epicrisis

  • Certificado de incapacidad

  • Registro civil (en caso de muerte)

  • Informe de tránsito o denuncia

  • Facturas de gastos médicos y de transporte

  • Certificados laborales o de ingresos

El acompañamiento jurídico asegura una correcta estructuración de la reclamación y evita la pérdida de derechos por errores u omisiones.

¿Cómo reclamar ante la aseguradora?

El procedimiento incluye:

  1. Radicar la reclamación con todos los soportes

  2. Exigir respuesta dentro de los términos legales (30 días hábiles)

  3. En caso de negativa o silencio, interponer queja ante la Superintendencia Financiera

  4. Si es necesario, iniciar acción judicial

Muchos afectados aceptan indemnizaciones mínimas por desconocimiento. Contar con asesoría jurídica permite defender los derechos en igualdad de condiciones frente a las aseguradoras.

¿Qué hacer si la aseguradora se niega a pagar?

Las negativas más comunes son:

  • «No hay nexo causal»

  • «La víctima no aparece en el reporte oficial»

  • «El monto solicitado es excesivo»

  • «Falta documentación»

En estos casos, puedes:

  • Solicitar revisión técnica de la negativa

  • Acudir a la Superintendencia Financiera

  • Interponer demanda por responsabilidad extracontractual

En Repara Daños y Perjuicios hemos logrado revertir múltiples negativas aplicando argumentos jurídicos y doctrina especializada.

¿Cuál es el plazo para reclamar?

  • SOAT: idealmente dentro de los 2 años siguientes al accidente

  • Responsabilidad civil extracontractual: 2 años desde el hecho o desde la consolidación del daño

  • Reclamaciones contractuales con aseguradoras: hasta 5 años (según tipo de póliza)

Es fundamental actuar rápidamente, no solo por los plazos, sino porque la prueba se deteriora con el tiempo.

Conclusión

Todo accidente de tránsito puede dejar secuelas físicas, emocionales y económicas. El sistema legal colombiano ofrece mecanismos para que las víctimas sean reparadas de manera oportuna y proporcional, comenzando por el SOAT y extendiéndose a otros seguros y vías judiciales.

En Repara Daños y Perjuicios, te acompañamos en cada etapa del proceso: desde la radicación ante el SOAT hasta la demanda judicial por daños no cubiertos. Nuestra meta es lograr la reparación integral que mereces.