Responsabilidad del Estado por daños extracontractuales

Responsabilidad del Estado por daños extracontractuales

Introducción

En Colombia, el Estado también puede causar daños. Cuando una entidad pública, un funcionario o una autoridad actúa con error, negligencia u omisión, y ese comportamiento produce un perjuicio a una persona, surge la responsabilidad del Estado por daños extracontractuales. Este régimen, regulado en normas especiales y desarrollado por la jurisprudencia del Consejo de Estado, busca garantizar que las víctimas de actuaciones estatales injustas puedan ser indemnizadas.

Este artículo explica los fundamentos legales, los tipos de responsabilidad del Estado y cómo puede reclamarse la reparación de los daños sufridos.

¿Qué es la responsabilidad extracontractual del Estado?

Es la obligación jurídica que tiene el Estado de indemnizar a las personas que han sufrido un daño como consecuencia de una acción u omisión atribuible a una entidad pública, sin que exista un contrato entre las partes.

A diferencia de la responsabilidad civil entre particulares (regida por el Código Civil), la responsabilidad estatal se encuentra regulada en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y ha sido ampliamente desarrollada por la jurisprudencia.

Fundamento legal

El principal soporte normativo es el artículo 90 de la Constitución Política de Colombia:

“El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción u omisión de las autoridades públicas.”

Este artículo consagra un régimen objetivo de responsabilidad, basado en el principio de que quien sufre un daño antijurídico, es decir, un perjuicio que no está obligado a soportar, debe ser reparado.

Modalidades de responsabilidad del Estado

La jurisprudencia ha identificado diferentes regímenes según la causa del daño:

  1. Falla del servicio: cuando una entidad pública actúa de forma deficiente, tardía, negligente o no actúa cuando debe hacerlo. Ejemplo: una ambulancia que no llega a tiempo.

  2. Daño especial: cuando el daño proviene de una actuación lícita del Estado, pero afecta desproporcionadamente a una persona o grupo. Ejemplo: expropiaciones, cierres de vías.

  3. Riesgo excepcional: cuando el Estado genera un riesgo que se materializa en perjuicio de un particular, aunque no haya falla. Ejemplo: daños causados por la fuerza pública en operaciones legítimas.

  4. Omisión legislativa o judicial: en casos donde el daño proviene de la inactividad de una autoridad que tenía el deber de actuar.

Ejemplos comunes de responsabilidad estatal

  • Errores médicos en hospitales públicos

  • Fallas en mantenimiento de infraestructura (vías, puentes)

  • Daños durante protestas o intervenciones policiales

  • Accidentes causados por falta de señalización en vías estatales

  • Detenciones injustas o errores judiciales

¿Cómo se reclama la indemnización al Estado?

El procedimiento para reclamar daños al Estado es la acción de reparación directa, que se presenta ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Pasos clave:

  • Reunir las pruebas del daño y su relación con la acción/omisión estatal

  • Identificar la entidad responsable

  • Presentar la demanda dentro del término legal

Plazo para demandar:
Según el artículo 164 del CPACA, el término de caducidad es de 2 años, contados desde la ocurrencia del daño o desde que cesa la situación lesiva.

¿Qué daños se pueden reclamar?

  • Daño emergente (pérdidas materiales, gastos)

  • Lucro cesante (ingresos dejados de percibir)

  • Daño moral

  • Daño a la salud o a la vida de relación

El Consejo de Estado ha reconocido también perjuicios colectivos y patrimoniales derivados de actuaciones estatales inadecuadas.

¿Se puede conciliar con el Estado?

Sí. Antes de la demanda es posible agotar una conciliación extrajudicial en derecho, que puede servir como intento de solución y, en algunos casos, suspende el término de caducidad.

Conclusión

El Estado, como cualquier ciudadano, debe responder por los daños que causa injustamente. La responsabilidad extracontractual del Estado es una garantía para los ciudadanos frente a abusos, errores o fallas institucionales. Sin embargo, reclamar esta reparación requiere conocimiento técnico, estructura probatoria y un acompañamiento legal adecuado.

En Repara Daños y Perjuicios te ayudamos a ejercer acciones de reparación directa, evaluar la viabilidad del caso y reclamar la indemnización completa por daños causados por entidades públicas.

Repara Abogados en Daños y Perjuicios

Responsabilidad Civil